1. OBJETO DE LAS BASES DE LA PROMOCIÓN
GAS NATURAL SDG, S.A., con domicilio social en Barcelona, Plaza del Gas, 1, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Folio 147, Tomo 22.147, inscripción 677ª, Hoja B-33.172, con C.I.F. A-08.015.497; organiza una promoción denominada “En el cine, como en casa” consistente en un sorteo que tiene por objetivo promocionar el nuevo portal web “En el cine, como en casa” (www.cine.gasnaturalfenosa.es) y su perfil en la red social Facebook.
La participación en este sorteo implica la aceptación de las presentes bases en su totalidad, así como la aceptación del criterio que establezca GAS NATURAL SDG, S.A., para resolver cuantas cuestiones se deriven de la promoción, por lo que la manifestación en el sentido de no aceptación de las mismas implicará la exclusión del usuario correspondiente de la promoción y como consecuencia de ello, GAS NATURAL SDG, S.A., quedará liberada del cumplimiento de la obligación contraída con dicho participante.
2.- ÁMBITO TERRITORIAL DE LA PROMOCIÓN
La promoción será aplicable en toda la Península, incluyendo Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla.
3. ÁMBITO TEMPORAL DE LA PROMOCIÓN
La campaña estará activa desde el 12 de septiembre del 2012 hasta las 23’59’’ del 15 de octubre de 2012.
4.- CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN
Las condiciones para participar y tener derecho al objeto de la presente promoción son las siguientes:
Podrán participar todas aquellas personas físicas mayores de 13 años, residentes legales en el territorio español de la península, Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla. Quedan excluidos de la participación los empleados de la firma organizadora, las empresas colaboradoras, así como cónyuges, ascendientes, descendientes y demás parientes por consanguinidad o afinidad hasta primer grado (inclusive) de todos los anteriores. El incumplimiento de esta regla supondrá la pérdida del premio obtenido.
Por otro lado, los participantes deberán tener la página de “En el cine, como en casa” en Facebook marcada como “me gusta” en el momento de efectuarse el sorteo.
La presente campaña se encuentra limitada a una participación por persona.
5.- RESERVAS Y LIMITACIONES
5.1 Cualquier utilización abusiva o fraudulenta de estas Bases dará lugar a la consiguiente descalificación del participante en el sorteo. A título enunciativo pero no limitativo, se entenderá que se produce abuso o fraude, cuando un participante se registre en la promoción utilizando una identidad falsa o identidades de terceros sin su consentimiento, o intente registrarse en repetidas ocasiones o con otros usuarios.
5.2 La constatación de cualquiera de estas circunstancias durante el sorteo supondrá la descalificación automática de dicho participante, así como la pérdida del premio, si se le hubiere otorgado.
5.3 GAS NATURAL SDG, S.A., queda eximido de cualquier responsabilidad en el supuesto de existir algún error en los datos facilitados en su caso por los propios agraciados que impidiera su identificación.
5.4 En ningún caso, GAS NATURAL SDG, S.A., será responsable de los servicios que cualquier otra entidad con la que ésta colabore preste al ganador como consecuencia del premio entregado. Una vez entregado el premio, GAS NATURAL SDG, S.A. no se hace responsable del funcionamiento del mismo.
5.5 La adjudicación del premio es personal e intransferible y en ningún caso podrá ser objeto de cambio, alteración o compensación en efectivo a petición del ganador.
5.6 GAS NATURAL SDG, S.A., se reserva el derecho de cancelar el sorteo, bien de forma definitiva, bien de forma temporal, por razones, en ambos casos, de fuerza mayor, por circunstancias imprevistas o imprevisibles, o por fraude.
5.7 GAS NATURAL SDG, S.A., podrá efectuar cambios que redunden en el buen fin del sorteo cuando concurra causa justa o motivos de fuerza mayor que impidan llevarlo a término en la forma en que recogen las presentes Bases.
5.8 GAS NATURAL SDG, S.A., se reserva el derecho de modificar las Bases del sorteo, parcial o totalmente en cualquier momento. Asimismo, se reserva también el derecho de anularlo, dejar el premio desierto o revocarlo en caso de detectarse alguna irregularidad.
5.9 El mero hecho de participar en el sorteo implica la aceptación íntegra de las Bases del mismo.
5.10 Asimismo, el ganador exime a GAS NATURAL SDG, S.A, empresas asociadas y personal dependiente de las mismas, de cualquier responsabilidad derivada de cualquier perjuicio que pudiera sufrir en el disfrute del premio objeto del presente sorteo.
5.11 GAS NATURAL SDG, S.A., se reserva la opción de publicar en uno o varios medios de comunicación de ámbito de difusión nacional (bien sea prensa diaria y/o revistas) y/o en su/s página/s web, el nombre completo o iniciales del ganador del premio.
5.12 GAS NATURAL SDG, S.A., no será considerado responsable de la pérdida indirecta de conexión o de un mal funcionamiento de la misma durante la participación cualquiera que sea la razón que la origine.
5.13 GAS NATURAL SDG, S.A., informa a los participantes de que, dadas las características de Internet (tales como la captación gratuita de información distribuida y la dificultad o incluso la imposibilidad de controlar el uso que terceras personas puedan hacer de tal información), no será en absoluto responsable del uso indebido de tal información.
6. DESCRIPCIÓN DE LOS PREMIOS
En esta promoción GAS NATURAL SDG, S.A. entregará dos tipos de premios:
Tipo 1. Tarjeta Cinesa “1 Año de Cine”
Se regalará mediante sorteo una Tarjeta Cinesa de “1 Año de Cine”. Dicha tarjeta contiene 50 entradas de cine a utilizar en cualquier sala de la red nacional de cines Cinesa.
Tipo 2. Entradas 2X1 Cinesa
Se hará entrega de 6.000 entradas de cine 2x1 (“Entradas 2x1 de Cinesa”) a utilizar en cualquier sala de la red nacional de cines Cinesa.
En total se entregarán 6.0001 premios.
7. COMUNICACIÓN DE LA PROMOCIÓN
La realización de la promoción se divulgará a través de la página en Facebook de “En el cine, como en casa”, de la website www.cine.gasnaturalfenosa.es, de la web y perfil en Facebook de la cadena de cines Cinesa, además de aparecer en diferentes perfiles de Facebook de algunos centros comerciales.
En cuanto a los requisitos de participación, éstos se comunicarán mediante la página de Facebook “En el cine, como en casa”.
8.- PARTICIPACIÓN
La participación en el presente concurso es gratuita y se realizará on-line a través de una aplicación en Facebook.
9. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Para poder participar en el sorteo de la Tarjeta Cinesa “1 Año de Cine” los usuarios deberán únicamente hacerse “fans” de la página en Facebook de “En el cine, como en casa”, ejecutando la acción “Me gusta” e inscribirse en la promoción cumplimentando de forma veraz todos datos personales solicitados y aceptando las condiciones legales de participación.
Los 6.000 primeros usuarios que se unan al perfil “En el cine, como en casa” haciéndose “fans” recibirán un regalo seguro, esto es, una de las 6.000 entradas de cine 2x1 (“Entradas 2x1 en Cinesa”). Al hacerse fans, la aplicación informática de la promoción generará un código y una URL, en ella podrán activar el código facilitado y proceder a la impresión de la entrada 2x1.
10-. ENTREGA DE PREMIOS
Una vez finalizado el plazo de la promoción (15/10/12), se llevará a cabo, ante el notario de Barcelona D. José-Eloy Valencia Docasar, el sorteo de la Tarjeta Cinesa “1 Año de Cine” entre todos los aquellos internautas que se hicieron “fans” del Facebook “En el cine, como en casa” mientras la promoción estaba activada. El sorteo se celebrará a partir de la fecha en que la promoción finalice.
Además del ganador, se harán constar 3 suplentes, subsidiariamente, para si se diera el caso de no poder hacer entrega del premio al primer agraciado por cualquier causa.
GAS NATURAL SDG, S.A. se pondrá en contacto con el agraciado por vía telefónica y/o por correo electrónico para comunicarle que ha ganado el sorteo. Se procederá entonces a comprobar su correcta identidad y se le hará llegar el regalo por correo ordinario.
La Tarjeta Cinesa “1 Año de Cine” es personal e intransferible.
El resto de premios, las 6.000 entradas de cine 2x1 (“Entradas 2x1 en Cinesa”), se entregarían de forma automática mediante una aplicación informática a los 6.000 primeros usuarios que participasen en la promoción. Estos últimos no serán excluidos de poder participar en el sorteo de la Tarjeta Cinesa “1 Año de Cine”.
11.- RESPONSABILIDAD DE FACEBOOK
De acuerdo con lo dispuesto en las normas para promociones vigentes en Facebook, informamos que esta promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada en modo alguno a Facebook. El participante al aceptar las bases del sorteo es plenamente consciente de estar proporcionando su información a GAS NATURAL SDG, S.A. y no a Facebook. La información que se proporcione, sólo se utilizará para poder gestionar el sorteo.
12. PROTECCIÓN DE DATOS
Con la participación en el concurso, usted consiente que sus datos sean incluidos en un fichero titularidad de GAS NATURAL SDG, S.A para la gestión de su participación en el concurso así como para que GAS NATURAL SDG, S.A. se ponga en contacto con usted en caso de que resulte ganador.
13. ACEPTACIÓN DE LAS BASES:
A los efectos de lo dispuesto en la normativa vigente relativa a tratamientos de datos de carácter personal, GAS NATURAL SDG, S.A. informa a los Participantes que sus datos serán incorporados a un fichero automatizado o manual creado bajo la responsabilidad de GAS NATURAL SDG, S.A., con la finalidad de llevar a cabo la presente promoción (contactar a los Participantes ganadores y transmitir dichos datos a las marcas o empresas colaboradoras, y así poder llevar a cabo la entrega del premio). De la misma forma el Participante presta su consentimiento para el tratamiento de los datos contenidos en el fichero a aquellas empresas, tanto del grupo GAS NATURAL como terceros, cuya intervención sea necesaria para la prestación del servicio.
GAS NATURAL SDG, S.A, como responsable del fichero automatizado, garantiza el pleno cumplimiento de la normativa de Protección de Datos de Carácter Personal, de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla la Ley Orgánica 15/1999.
14.-CONSIDERACIONES GENERALES
A los premios les será de aplicación la legislación fiscal vigente en cada país.
En España en particular será de aplicación la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas; el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, que aprueba su Reglamento; el Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; el Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes así como la legislación complementaria, modificativa o sustitutiva de toda la anterior, por lo que, en su caso, GAS NATURAL SDG, S.A. del sorteo realizará el ingreso a cuenta o la retención que resulte procedente.
15. DEPOSITO BASES Y CONTACTO
Las bases de esta promoción se encuentran depositadas ante el notario de Barcelona D. José-Eloy Valencia Docasar.
Las presentes bases están a disposición en https://www.facebook.com/EnElCineComoEnCasa
Cualquier participante puede contactar con la organización del sorteo a través de la página anterior.
16.- LEY Y JURISDICCIÓN APLICABLE
La interpretación y el cumplimiento de las presentes bases se regirán por la legislación
española. GAS NATURAL SDG, S.A y los participantes que participen en el Sorteo, con renuncia expresa al propio fuero que, en su caso, les fuera aplicable, se someten en cuanto se refiera a la resolución de cualquier controversia que pudiera derivarse de las bases o de la celebración o resultado del Sorteo, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Barcelona, excepto en el caso de consumidores, en cuyo caso será el que la Ley establezca.